¿Cuánto tardan en llegar las denuncias de velocidad de Tráfico?

Puede que alguna vez en un viaje más largo, te hayas despistado un momento y hayas acelerado más de lo marcado por las señales. Esta acción puede conllevar ser multado por exceso de velocidad, por cualquiera de los 780 radares fijos, 1.325 radares móviles y 92 radares de tramo, repartidos desde 2022, por toda España, según confirma RACE.

Ante esta situación es fácil hacerte varias preguntas como: ¿Cuándo va a llegar la sanción? ¿Debo pagarla al momento? ¿Qué pasa si yo no voy al volante del coche en el momento de la infracción? Te resolvemos todas estas preguntas y más en este artículo.

 

Cuánto tarda en llegar una multa de Tráfico

En el momento que un radar detecta un coche que excede la velocidad, en los casos en los que no detienen el vehículo con posterioridad, el Centro Automatizado de Denuncias de la DGT tramita una notificación al titular del vehículo que figure en los archivos de Tráfico. Esta suele tardar, generalmente, entre una y tres semanas. Es decir, puedes pensar que, si no has recibido nada en el plazo de un mes, es que no tienes ninguna multa, ya sea por un error en el propio radar o que realmente no hayas excedido el límite.

Sin embargo, según la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial el tiempo de prescripción para las infracciones es entre 3 y 6 meses, dependiendo de la levedad de las mismas. Es decir, hasta pasado el medio año, debes permanecer atento a la llegada de la sanción.

En los casos en los que los Agentes de Tráfico detienen el vehículo tras la infracción, comprueban directamente la identidad del conductor, y la notifican en el acto. En estos casos, la denuncia, tramitada por la Jefatura de Tráfico del lugar, se hace efectiva en el mismo momento en que entregan el boletín al conductor, en el acto.

 

¿Qué debes hacer si recibes una multa?

Si recibes una notificación de multa debes seguir dos pasos previos para asegurarte de que todo está en orden y que puedes seguir adelante con el pago:

  1. Comprobar los datos. Revisa con mucha atención el boletín de la denuncia, haciendo hincapié en que toda la información, tanto del vehículo como del infractor, estén correctos.
  1. ¿No eres tú quién conducía en el momento de la denuncia? Identifica al conductor. Puede ocurrir que tengas la certeza de que, en el momento de la infracción, no ibas conduciendo el coche, con lo cual debes informar de la identidad del conductor obligatoriamente, en un plazo de 10 días desde que llega la notificación. En caso de no hacerlo, Tráfico lo considerará como una falta muy grave y conllevará una multa por el doble o triple de la original.

Una vez hayas certificado que la multa es tuya, llega el momento de pagarla.

 

¿Mediante qué medios puedes pagar la multa?

Para realizar el pago de la sanción, cuentas con cuatro vías para ello:

  • De forma online: Para ello, necesitas la fecha de notificación, que es el día de recepción de la multa, y el número de expediente. Además, para conocer más información, puedes leer el código QR que se incluye en el papel.
  • Por teléfono: A través del número 060, podrás realizar el cargo, solo a través de tarjeta de crédito o débito. Este sistema cuenta con un horario ininterrumpido, todos los días del año, por lo que podrás hacerlo en el momento que quieras.
  • Desde la app miDGT: Solo tendrás que acceder al menú principal de la aplicación, ir al apartado ‘Mis Multas’ y a ‘Pendientes’. Además, en miDGT también podrás consultar cualquier otra información sobre tu movilidad.
  • De manera presencial: Existen numerosos lugares a los que puedes ir para hacer el pago, como sucursales y cajeros de Caixabank (con tarjeta o efectivo), las oficinas de Correos (donde tendrás que abonar una tasa adicional de 2,55€, sumado al 1,50% de la multa) y las oficinas de Tráfico (únicamente disponible para particulares y pagos con tarjeta).

 

¿Por qué la DGT aconseja pagar antes la multa?

Desde que recibes la notificación, cuentas con 20 días naturales para pagar o recurrir la sanción. Si realizas el pago dentro de este periodo de tiempo, solo tendrás que pagar la mitad de la sanción. En caso de recurso, pierdes el derecho a esta reducción por lo que, si finalmente se desestimara tu alegación deberás pagar el 100% de la multa.

Eso sí, hay ciertas infracciones que están exentas del 50% de descuento:

  • Conducir coches con inhibidores de radares o con sistemas que interfieran con el correcto funcionamiento de los mismos.
  • No facilitar la identidad del conductor responsable. Esto no solo supone una exención en la reducción de la multa, sino que el falseamiento de un documento oficial está reconocido como un delito penal.
  • Hacer obras en la vía sin la autorización ni señalización correspondiente. También se aplica a la retirada de estas señales de forma parcial o total.
  • Incumplir las reglas para las actividades industriales, que afectan a la seguridad vial de todo el mundo.

Cumplido el periodo voluntario de pago en el trámite de la denuncia, dependiendo del tipo y gravedad de la sanción, será ejecutiva con el correspondiente recargo, o bien recibirás notificación de la sanción, ya sin descuento. Si no se realizan alegaciones la denuncia continuará su curso pudiendo llegar al embargo.

Si quieres estar al tanto de todas las gestiones que tienen que ver con tu conducción, permanece atent@ a nuestro blog, ya que encontrarás un montón de novedades sobre la seguridad vial y las nuevas normas en la carretera.

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